24 de septiembre de 2007

02 - FC - The Rocketeer



Por Alberto Calvo

Para no convertir esta columna en un apartado cuasi-arqueológico dedicado a adaptaciones realizadas antes de que cualquiera de nosotros hubiese nacido, intentaré hablar de películas de diferentes épocas sin un orden particular. Después de haber hecho una visita a la protohistoria comiquera visitemos ahora la década de los 1980s, pero para que no se sienta como un salto temático respecto a nuestra anterior entrega, nos ocuparemos de otro héroe sin superpoderes pero de altos vuelos: The Rocketeer.

The Rocketeer es una creación de Dave Stevens, quien ha declarado en diversas entrevistas que todo empezó con un dibujo suelto en su sketchbook a principios de los 80s, al cual poco a poco le fue agregando detalles, un nombre y una historia. The Rocketeer empezó sus aventuras en 1982 como una historia de respaldo en el número 2 de Starslayer, el clásico comic de ciencia ficción y aventuras de Mike Grell que en ese entonces era publicado por Pacific Comics. Cuatro episodios más de las aventuras del personaje aparecieron en otros títulos de Pacific en los años siguientes, los cuales fueron recopilados posteriormente en un solo tomo por Eclipse Comics. Esa historia estaba inconclusa (terminaba en un cliffhanger) y halló su continuación en las páginas de The Rocketeer Adventure Magazine, publicada por Comico, donde aparecieron dos números en 1988 y 1989. Fue entonces que Walt Disney Pictures finalmente dio luz verde a la producción de la película, lo que alejó a Stevens del restirador para concentrarse en la película, así que el tercer número de la revista no vio la luz del día hasta 1995 al cobijo de Dark Horse Comics, pues Comico ya había cerrado operaciones. Al año siguiente apareció un tomo compilando los tres números de la revista bajo el nombre de The Rocketeer: Cliff's New York Adventure.

En el tercer número de la revista aparece un aviso informando a los lectores que Stevens ha decidido alejarse del personaje que lo lanzó a la fama para perseguir otros intereses en el campo de la ilustración, pero que la revista adoptará un enfoque antológico, presentando la visión del personaje que tienen otros creadores. Sin embargo, nunca apareció un cuarto número de la revista ni se volvió a hacer mención de nuevas historias del personaje, ni creadas por Stevens ni de ningún otro autor. Se puede asumir que simplemente no se hizo nada más, pues la relación de trabajo entre Dark Horse y Dave Stevens continúa hasta ahora de manera regular, pues la empresa de Mike Richardson sigue siendo el principal distribuidor del merchandise que Stevens diseña y produce para Bettie Page.

La Premisa
Cliff Secord es un joven piloto de pruebas cuya vida cambia drásticamente al encontrar una mochila cohete en el hangar donde trabaja. El aparato es una invención de Doc Savage, el legendario héroe de pulp, aún cuando su nombre no es mencionado en ningún momento, posiblemente por cuestiones legales. Los ladrones, espías nazis enviados por el Reich a sabotear y/o robar posibles armas desarrolladas por los americanos, deciden ocultar el cohete en el hangar donde trabaja Cliff mientras intentan huir de sus perseguidores. Sin conocer el origen de la asombrosa máquina, Cliff la prueba y luego de utilizarla en público es bautizado por la prensa como The Rocketeer. Atrapados los espías y revelado el origen del cohete, Doc Savage considera que Cliff le dio un buen uso y le permite conservarlo siempre y cuando siga usándolo para hacer el bien.

El Autor
Stevens empezó su carrera como ilustrador profesional a mediados de los 70s, cuando consiguió trabajo como asistente del legendario Russ Manning. Uno de sus primeros trabajos fue realizando las tintas y acabados de la tira diaria de Tarzan, una de las más populares de la época. El amor de Stevens por las ilustraciones de la "vieja escuela" se hace evidente en sus pin-ups, de entre los que sería esencial destacar sus ilustraciones dedicadas a la mítica modelo Bettie Page, con quien años más tarde desarrollaría una amistad. Desde hace varios años Stevens es el encargado de diseñar todo el merchandise oficial de Page, encargándose de realizar todas las ilustraciones y diseños usados para posters, stickers, estatuas y demás. Aún cuando su sitio oficial no ofrece actualizaciones desde hace algún tiempo, en la página de la DragonCon, donde será uno de los invitados en la próxima realización, se menciona que está actualmente trabajando en el desarrollo de dos propiedades cinematográficas, pero no se dan más detalles. En los últimos años Stevens se ha dedicado mayormente a su trabajo relacionado con Bettie Page y a asistir a clases de arte en diferentes escuelas en una búsqueda por perfeccionar su técnica y estilo.

La más grande influencia detrás de la creación de Rocketeer fueron los viejos seriales cinematográficos de The Rocketmen, personajes visualmente muy similares a The Rocketeer y de los que Stevens siempre fue fan. Posiblemente pensaba en esos personajes cuando distraídamente realizó el boceto de lo que se convertiría en su creación más famosa. Una vez que empezó a desarrollar el concepto tomó la decisión de establecer al personaje en los años treintas, justo antes del inicio de la Segunda Guerra Mundial a fin de aprovechar al máximo su estilo de dibujo. Incorporó en las páginas de su comic a Betty, abierto homenaje a Bettie Page, como la novia de su personaje principal, Cliff Secord, y se encargó de dar a las historias un aire de pulp al utilizar cuanto cliché de ese medio pudo encajar: damiselas en peligro, villanos deleznables y físicamente horrendos, escapes imposibles, y suspenso entre episodios (cliffhangers). Incluso utilizó a Doc Savage, uno de los personajes de pulp más famosos e identificables para explicar el origen de su personaje, además de incluir a The Shadow en otra aventura de su personaje en los días de Pacific.

La película
El proceso para llevar a The Rocketeer a la pantalla grande fue largo y difícil. El primer director interesado en adaptar el comic fue Steve Miner, quien en aquel entonces solo contaba en su curriculum con Friday the 13th partes 2 y 3. Aparentemente Miner tenía una idea muy diferente de lo que debiera ser la película muy diferente de lo que Stevens esperaba, razón por la que no hubo avances en el desarrollo del proyecto. Miner ha dirigido desde entonces proyectos tan dispares como Halloween H20 o Forever Young, además de haber participado en series de TV como The Wonder Years, Felicity, The Practice, Dawson's Creek y Smallville. En 1985 Stevens vendió la opción de los derechos fílmicos a la pareja de escritores formada por Danny Bilson y Paul DeMeo, quienes lo habían contactado anteriormente buscando colaborar en otro proyecto. Según parece Bilson y DeMeo eran las únicas personas en Hollywood que Stevens hubiese conocido que estaban interesadas en hacer una película de su personaje situada en los años treintas y quienes además compartían su devoción por los pulps. La pareja puso manos a la obra. Cambiaron a Doc Savage por el excéntrico millonario Howard Hughes como el creador del cohete y a Betty, la novia de Cliff la rebautizaron como Jenny y cambiaron su profesión, de modelo de desnudos a extra de cine, a fin de darle a la historia un aire más familiar y evitando cualquier posible disputa de derechos o licencias.

En 1986 Bilson y DeMeo enviaron su propuesta a Disney, donde fue recibida de manera entusiasta. Aparentemente el estudio estaba buscando una propiedad que pudiesen desarrollar como franquicia y el proyecto cumplía con todos sus requisitos. Aún así, la película pronto cayó en lo que se conoce como Development Hell, o el infierno del desarrollo. El estudio pedía cambios en el guión y la historia de manera continua. Bilson y DeMeo fueron despedidos y recontratados en al menos tres ocasiones hasta que finalmente se aprobó una versión final del guión en 1990 y la producción se puso en marcha. Stevens abandonó todos sus proyectos tanto en comics como de ilustración para dedicarse de tiempo completo a trabajar en el diseño de producción de la película además de servir como consultor tanto de la historia como de vestuario y otros aspectos de la producción. Curiosamente la aprobación del guión definitivo coincidió con la aparición en escena del director Joe Johnston, quien al investigar sobre la posibilidad de adquirir los derechos para adaptar el comic fue informado de que Disney estaba trabajando en la producción de una adaptación. Al dirigirse al estudio para inquirir sobre el status del proyecto y ofrecer sus servicios para dirigirlo, fue contratado de manera casi inmediata. Con todas las piezas en su lugar la producción avanzó a buen ritmo salvo por algunos contratiempos de clima y mantenimiento de las diversas aeronaves utilizadas y la filmación concluyó en enero de 1991.

La película se estrenó el 21 de junio de ese mismo año, pero la respuesta en taquilla no estuvo a la altura de las expectativas de Disney, recaudando en los Estados Unidos menos de 50 millones de dólares, lo que provocó que Disney descartara toda posibilidad de producir una secuela. Parte de la razón para que la película no tuviese el éxito esperado fue la infortunada experiencia de compartir fecha de estreno con Terminator 2, cinta que arrasó con la taquilla ese verano y durante varios años ocupó un lugar importante en la lista de las películas más taquilleras de la historia. El elenco de The Rocketeer estaba compuesto por Billy Campbell como Cliff, Jennifer Connelly como Jenny, Alan Arkin como Peevy, el mecánico y mejor amigo de Cliff, Timothy Dalton como el exitoso actor y secreto espía nazi Neville Sinclair, y Paul Sorvino como el jefe de la mafia local Eddie Valentine. Johnston, el director de la película, contaba en su filmografía como director únicamente con Honey, I Shrunk the Kids (Querida, encogí a los niños), pero tenía una gran experiencia como diseñador y supervisor de efectos especiales (la trilogía original de Star Wars y Raiders of the Lost Ark forman parte de su curriculum) y desde entonces ha dirigido cintas de acción y aventura como Jumanji, Jurassic Park III e Hidalgo.

La trama de la película sigue de manera respetuosa la historia del comic narrando el origen del personaje con el cambio de Doc Savage a Howard Hughes siendo la mayor diferencia, además de la inclusión de los personajes de Sinclair y Valentine para enriquecer la parte de la historia relacionada con los espías nazis. Actualmente, a más de 15 años de su estreno, The Rocketeer sigue gozando de gran popularidad entre un selecto grupo de seguidores, y disfrutando de críticas favorables en revistas y sitios web especializados.

Trivia
Como es costumbre no puede faltar la acostumbrada sección de datos de trivia, favorita al menos del autor de estas líneas.
  • La historia que serviría de base para escribir el guión de la abortada secuela es la que apareció publicada en los tres números de The Rocketeer Adventure Magazine y posteriormente en el tomo Cliff's New York Adventure. En el número dos de la revista aparecen los nombres de Bilson y DeMeo como co-escritores de la historia.
  • Las colaboraciones entre Bilson/DeMeo y Dave Stevens fueron más allá de The Rocketeer. Cuando la pareja de escritores obtuvo la aprobación para realizar la serie de TV de Flash contrataron a Stevens para que se encargara de parte del diseño de producción, incluyendo el desarrollo del traje del protagonista.
  • Neville Sinclair, el actor encarnado por Timothy Dalton, es un claro homenaje/referencia a Errol Flynn, actor que fue blanco de sospechas de trabajar como espía para los nazis.
  • El papel de Cliff estuvo a punto de quedar en manos de Johnny Depp.
  • Bill Campbell leyó los comics de Stevens como preparación para su audición, e incluso se hizo un corte de pelo similar al que utiliza Cliff en los comics. Una vez obtenido el papel se dedicó también a estudiar libros de aeronáutica e historia de la aviación.
  • Cuando Howard Hughes le muestra a Cliff un video de las pruebas del prototipo, el piloto que aparece probando el cohete es Dave Stevens.
Como de costumbre esperamos (y seguimos esperando) sus comentarios, dudas o sugerencias en nuestro correo o en el enlace a comentarios.

7 de septiembre de 2007

09 - EeC - Recrudecen las Hostilidades


Por Esteban Pedreros

Pensaba redactar ésta columna imitando el estilo de algún reportero en el frente de batalla, pero la verdad es que carezco del ingenio necesario.

Cuando empecé la semana con el artículo de Gon, tenía pensada la producción de una nueva entrega de "En el Confesionario" para el día de hoy, in embargo el tema que tenía pensado era bastante distinto al que finalmente les estoy presentando (sorpresa para la próxima semana).

Era bastante tarde anoche, cuando se me ocurrió abrir el "Google Reader" y me encontré con un artículo de Johanna Draper Carlson en su Blog "Comics Worth Reading" ("Cómics que vale la pena leer"), en el que habitualmente hace reseñas de algunas revistas interesantes (muy buen Blog, agréguenlo a sus Favoritos). El artículo en cuestion señalaba que al parecer Harlan Ellison no había respetados los términos del acuerdo al que había llegado hace algunas semanas con Gary Groth, por la demanda que presentó en su contra, que exigían la publicación de un texto de autoría de Groth en la página web de Ellison.

Para evitar duplicar esfuerzos, si no tienen idea de la larga enemistad de Ellison y Groth (que partió como una bonita amistad), los remito a un artículo que hice hace casi un año para explicarla. ¿Ya lo leyeron?, ok, sigamos entonces...

Una idea que deben tener clara para entender lo que voy a intentar desarrollar a continuación, es que en las demandas civiles las partes son las que mueven el juicio. Dado que el sistema judicial interviene para resolver una disputa entre personas, si las partes encuentran una mejor manera de resolverla el sistema se los permite. Esto habitualmente se traduce en acuerdos judiciales, que por la voluntad de la partes son obligatorios para ambas, pero cuyas "reglas" (que la partes establecen), se hacen valer a través de la herramientas del sistema judicial.

El acuerdo al que llegaron Ellison y Groth para poner fin al litigio señalaba (in orden particular):
  • Groth retiraría del libro "Comic As Art: We Told you so", dos pasajes que contenían menciones de Ellison (las líneas 2 a 7 de la página 5, y desde la línea 22 de la página 5 a la línea 1 de la 6)
  • Groth retiraría de futuras re-ediciones del libro "The Writers", la entrevista "Notes on an Industry in Progress" realizada a Ellison por Groth, así como el nombre de Ellison de la portada, sea para ediciones de Impresión por Demanda ("Print in Demand"), o a través de algún medio digital.
  • En el futuro lo Demandantes (Ellison y Groth), se abstendrían de realizar ataques personales el úno al otro, aunque conservarían el derecho de criticarse mutuamente (bastante obvio, por lo demás). ->> Punto Importante
  • El Acuerdo sería de público conocimiento.
  • Las partes se repartirían los gastos legales de forma igualitaria.
  • Múltiples acuerdos de exención de responsabilidad por los contenidos de la demanda y el acuerdo, de carácter recíproco.
  • Groth redactaría una declaración de un máximo de 500 palabras para refutar algunas de la acusaciones de Ellison. Esta declaración debía ser publicada en la página web de Ellison 5 días hábiles después de la ejecución del acuerdo y debía ser mantenida en el sitio por un periodo de 30 días como mínimo. ->> Punto Importante
Ésa es simplemente una esquematización del acuerdo, Don McPherson hizo un mejor trabajo explicando su alcance (y algunos conflictos morales propuestos por este acuerdo), en su Blog "Eye on Comics" (McPherson antes llevaba adelante en el sitio "The 4th Rail", junto a Randy Lander). Observaciones que molestaron a Ellison, quien no tardó en responder.

Pasaron los días y la Refutación de Groth no apareció en el sitio de Ellison, lo apuntó Johanna así que finalmente me hice el ánimo de descargar la demanda, cosa que ustedes pueden hacer siguiendo este link (Archivo PDF en inglés). Ellison tiene una página de su sitio dedicada a los documentos legales de la semanda, sid esean consultarlos.

El texto de la cláusula que obliga a Ellison a publicar la réplica de Groth a sus acusaciones es más o menos el siguiente (la traducción es mía):
6. Página Web del Demandante. El Demandante permitirá a los Demandados publicar una declaración que no exceda de 500 palabras en la página web del Demandante www.harlanellison.com por un periodo de 30 días, que comenzarán dentro de 5 los días hábiles de la ejecución de éste acuerdo [dice "within", imagino que hubo un error, porque no puede haber un plazo que comienza "dentro de 5 días de la ejecución", tiene que iniciarse en un día determinado o determinable], con el propósito de refutar las declaraciones hechas por el Demandante que acusó al Sr. Groth de desfalcar fondos en el litigio Fleisher y solicitar contribuciones al Fondo de Defensa de Fantagraphics, bajo falsas pretensiones, y que comparó al Sr. Groth con un abusador de menores (la "Declaración de Refutación del Demandado").

Una copia del Declaración de Refutación del Demandado será adjuntada a éste acuerdo como Prueba C. El Demandante se asegurará de que la Declaración de Refutación del Demandado sea publicada íntegramente en su Página web, y no editará o alterará de modo alguno el contenido de la Declaración de Refutación del Demandado. El Demandante, sus herededor, sucesores y asignatarios (legatarios), indemnizarán y mantendrán libres de responsabilidad legal, pérdida o costo a los Demandados, y sus respectivos predecesores, sucesores, compañías principales y subsidiarias, entidades afiliadas, dueños, socios, asociados, abogados, oficiales, directores, empleados, agentes, representantes, accionistas, herederos, sucesores y asignatarios (incluyendo costos de sus abogados) emergentes de o basados en la Declaración de Refutación del Demandado, y por tanto liberan y desligan a los Demandados, y sus respectivos predecesores, sucesores, compañías principales y subsidiarias, entidades afiliadas, dueños, socios, asociados, abogados, oficiales, directores, empleados, agentes, representantes, accionistas, herederos, sucesores y asignatarios de cualquiera y toda acción, causa de acción, derechos, reclamos, demandas, gravámenes, pérdidas, costos, daños, obligaciones o responsabilidades de cualquier tipo, emergentes o basadas en la Declaración de Refutación del Demandado.
A pesar de las leguleyadas, lo que dice ahí es que Groth tiene derecho a desmentir las acusaciones falsas de Ellison en el sitio Web de Ellison, y que no habrá futuras demandas a partir de lo que se contenga en esa declaración de Groth. Hasta aquí todo bien, de hecho se nota que más que un acuerdo amigable, lo que hubo aquí fue un afán de detener la sangría de dinero que les estaba provocando a ambos continuar con el juicio.

El problema surge cuando leemos el texto que Groth adjuntó al acuerdo como "Exhibit C" (Prueba C), y que es el contenido de la declaración que Ellison debía publicar (también es mía la traducción):
A diferencia de aquellos que amenazan, intimidan, abusan y extorsionan a través de una demanda, y llevan a cabo ataques físicos, creo que la rectificación de formas de opinión que a uno no le agradan yace en más opiniones -- v.gr., la verdad. Este es mi intento de poner esos principios en acción.

Entre el tiempo en que Harlan Ellison presentó su demanda contra Fantagraphics y demás, y ahora, ha hecho un números de falsas acusaciones y declaraciones públicas difamatorias sobre mi, enumero:

GRAN MENTIRA #1: Ellison me acuso de desfalcar dineros de nuestro Fondo de Defensa Legal durante los 80s y de gastar los fondos desfalcados en unas vacaciones tropicales en las Bahamas (en su weblog, Febrero 17, y asimismo en su demanda inicial). Esto es falso. Nunca tomé fondos para mi uso personal de nuestro Fondo de Defensa. Cada centavo reunido entre 1980 y 1987 fueron a pagar nuestros costos legales. Desafío a Ellison a presentar evidencia de lo contrario.

GRAN MENTIRA #2: Ellison me acusó de defraudar a los contribuyentes de nuestro actual Fondo de Defensa alseando la forma en que nuestros abogados eran remunerados. Ellison afirmó que los costos de nuestra demanda eran soportados ya sea por una compañía aseguradora o un "ángel guardían" (posiblemente ambos). Escribió "Yoooooooooo no tengo una compañía de seguros o un ángel financista secreto tra de miiiii... como tu lo tienes.." (el énfasis es mío) [de Groth] Y: "no necesitas un fondo de Defensa, Gary, así que por qué no le dices a tu gente el nombre de la entidad(es) que pagan las cuentas para una firma que ya debe haberse embolsado decena de miles de dólares de tiempo, mientras el 'BloatedLyingIronic' [no sé cómo traducir eso] Harlan parece luchar junto a dos ciegos, minusválidos, diabéticos (también brillantes, racionales, duchos) tipos cuyas oficinas legales cuentan con un personal total de UNO CADA UNO?"

'BloatedLyingIronic' Harlan Ellison está de hecho mintiendo. No tenemos compañía de seguro o ángeles guardianes que cubran nuestros gastos legales. Nuestros únicos "Ángeles Guardianes" son aquellos artistas que pensaron que nuestra causa era lo suficientemente justa para ayudarnos luego de que anunciamos nuestro Fondo Legal -- artistas y amigo como Art Spiegelman, Robert Crumb, Ralph Steadman, Joe Sacco, Frank Thorne, Jeff Smith, Megan Kelso, Tony Millionaire, Gilbert & Jaime Hernandez, Bill Willingham, Daniel Clowes, Peter Bagge, Barry Windsor-Smith, y demasiados más como para enumerarlos.

Lo que es interesante sobre la afirmación de Ellison es que no hay forma de que pueda haber sabido la verdad o falsedad de ello, aún así lo afirmó --- y enfáticamente!

GRAN MENTIRA #3: "... Aparte de la cantidad de basura que publica Groth, ellos son abusadores de menores en serie que públicamente hacen Buenas Obras, y que privadamente se indulgen conductas abominables". Esto técnicamente no es una mentira, sino un ejemplo de la hipocresía Ellisoniana, de enfrascarse en retórica ad hominem [subjetiva] que el mismo rechaza. Por un lado, Ellison objeta el ser referido como un "dilettante" [Nota: alguien que practica un arte de manera inconstante y sin intenciones serias. Un aficionado] y por el otro me compara con un Abusador de Menores. Este es un ejemplo de alguien capaz de atacar, pero no de recibir ataques (sin presentar una demanda). Es el ejemplo de alguien que cree en la libertad de expresión - para sí mismo, pero no para sus oponentes.
Ahora, no sé qué estaba pensando Groth, pero obviamente si Ellison lo demanda porque le llaman "Dilettante", menos va a consentir en publicar en su sitio web un texto que lo deja como un niño chico mentiroso y resentido, hipócrita, bravucón, extorsionador, malintencionado, irritable, ponzoñozo, agresor y un firme practicante de la "Ley del Embudo" (gente que le exige al resto, pero que se perdona a sí mismo).

Lamentablemente el texto del acuerdo estaba en un formato que no se puede simplemente "Copiar y Pegar", pero me parece que cláramente la declaración de Groth es también "Ad Hominem", y contradice los apartados del numerando 4 del acuerdo, que establece la normas de conducta futura entre la partes. Groth comete el infantilismo de pensar que se va a quedar con la última palabra, porque cree que los términos del numerando 6 le permiten decir cualquier cosa que se le antoje.

Desafortunadamente para Groth, ahora deberá probar en juicio que su declaración se ajusta a los términos del acuerdo y que no contradice el numerando 4 si quiere forzar su publicación, lo que obviamente traerá consigo una nueva sangría de recursos que tal vez no sea apoyada tan generosamente en ésta oportunidad, porque probablemente los artistas que enumera en su declaración, como aquellos que lo apoyaron económicamente, no estarán tan dispuestos a poner su dinero a disposición de alguien que pudiendo haber dejado el conflicto en el paado, prefirió insistir en él.

Sé que ésto suena como a una defensa de Ellison, pero más que eso es algo de sentido común. Casi nadie tiene una mala opinión de sí mismo, como para querer publicar voluntariamente esa declaración, y alguien con el ego de Ellison, no va a dejarse pasar a llevar de la forma que pretendía Groth.

Las salidas al conflicto son pocas: enfracarse en una nueva disputa legal para ver quién tiene razón respecto a cómo deben cumplirse los términos del acuerdo, o llegar a un nuevo acuerdo con un texto revisado por Ellison. Ésta última opción, si bien es la má simple, es también bastante compleja por el simple asunto de que es algo extraño que uno pueda censurar los contenidos de un texto que refuta injurias que uno profirió... aprobar el texto de la defensa de alguien más en contra de uno mismo., no sé si me explico.

Personalmente interpreto que el texto de Groth es una directa infracción de la cláusula #4 del acuerdo, porque si bien existía una exención de responsabilidades de cualquiera fuese el tipo de acción legal que pudiese desprenderse del contenido del texto de refutación establecido por la cláusula #6, el mismo texto constituye un comportamiento futuro de una de la partes, y el "comportamiento futuro" de las parte entre sí, estaba condicionado por la clásucula #4 ya mencionada, para que se llevase a cabo en términos civilizados.
No puede Groth interpretar que tiene "chipe libre", para decir lo que se le antoje, debe refutar en términos que no contradigan las reglas generales de caballerosidad autoimpuestas.

En fin, hay muchísima tela que cortar en éste asunto y seguramente los Blogs de comics se llenarán de textos que lo discutan, esperamos poder hacerle un seguimiento al conflicto, si el tiempo lo permiten, y desde ya los invitamos a adeherirse la discusión en la sección de comentarios de ésta entrada o bien enviándonos tus opiniones a comicverso@gmail.com o a epedreros@gmail.com